Normativa urbana de los patinetes eléctricos en España
Los patinetes eléctricos siempre han sido uno de los juguetes favoritos de los niños, pero últimamente se están volviendo muy populares también entre los adultos jóvenes, especialmente entre los millennials que buscan nuevas formas de moverse como alternativa al coche.
Parte del atractivo de los patinetes eléctricos es que la mayoría de ellos se pueden utilizar sin licencia ni seguro. Pero, ¿significa esto que no pueden circular por las carreteras? ¿Por dónde deben circular los patinetes eléctricos?
En España se está empezando a regular la forma de utilizar un patinete eléctrico por la calle, así que en este artículo trataremos de arrojar algo de luz sobre este complicado asunto.
Los patinetes eléctricos están contemplados como vehículos de movilidad personal (VMP) que la Dirección General de Tráfico (DGT) no considera ni peatón ni vehículo. Por lo tanto, recae en cada municipio su regulación, y la decisión de que los usuarios de VMP puedan utilizar la acera o la calzada.
De esta manera, cada ciudad o municipio puede decidir el futuro de estos vehículos, y las normas pueden diferir de un sitio a otro. Algunas ciudades ya cuentan con su propia regulación, mientras que otras todavía no han establecido ninguna norma.
Las grandes ciudades son las que más prestan están en presentar una legislación para estos vehículos, ya que son las que más unidades cuentan.
Madrid
La nueva ordenanza preparada por el Área de Medio Ambiente y Movilidad de Madrid lleva apenas unos meses en marcha. La normativa es un tanto restrictiva, pues los patinetes eléctricos solo podrán circular por ciclocalles, carriles bici protegidos y pistas bici, siempre que la anchura del vehículo lo permita en condiciones de seguridad, además de por aceras bici y sendas bici, con velocidad moderada.
Los patinetes que alcancen los 30 km/h de velocidad máxima, podrán circular por la calzada de calles integradas dentro de las zonas 30, una carretera con velocidad máxima 30 km/h en la que coexisten vehículos y peatones, siempre teniendo prioridad el peatón.
Barcelona
Algo más permisiva es la legislación de Barcelona, aunque no mucho más. Permite la circulación de los patinetes eléctricos, monociclos eléctricos, plataformas y otros vehículos de tipo A y B en ciclocalles, carriles bici protegidos y pistas bici, además de por calles de zona 30, parques y las calles donde no hay ni acera ni calzada señalizadas.
La velocidad máxima será de 30 km/h (cuando el vehículo pueda alcanzar esa velocidad) o si existe en la vía un carril bici.
Valencia
En Valencia los patinetes eléctricos sólo pueden circular por los carriles bici, ni por las aceras ni por la carretera, a una velocidad máxima de 15 km/h.
Otras recomendaciones
Los patinetes eléctricos no necesitan seguro de Responsabilidad Civil obligatorio para circular, pero se pueden contratar voluntariamente.
Si no sabes cuál es la normativa en tu municipio, infórmate antes de circular. Y respeta siempre las normas de circulación, a los peatones y demás usuarios.
Además, se recomienda utilizar casco de seguridad y/o guantes.
Recuerda que esta no es la normativa oficial, sino un artículo con un resumen de las normas que había en activo a la hora de redactar el texto.
Recuerda que es tu responsabilidad consultar y conocer la normativa concreta de la DGT y la localidad por la que circulas. Este artículo es meramente orientativo.